Crece 2021: Pymes pueden recibir subsidios de hasta $5 millones

La postulación a Crece de Sercotec estará abierta entre el 18 y el 24 de agosto hasta las 15: 00 horas. Se pueden descargar las bases desde el sitio web www.sercotec.cl.

Sercotec lanzó la versión 2021 del Programa Crece que apuesta precisamente por entregar apoyo a aquellas Mipes y Pymes que pudieron mantener sus ventas en pandemia y no han tenido cabida en las convocatorias Reactívate 2021. Este Programa Crece apunta a mejorar la competitividad de las empresas, beneficiando a aquellas que puedan tener un mayor impacto económico y sostenibilidad en el tiempo. Es un subsidio no reembolsable.

¿A cuánto asciende el monto de postulación?

Según el director regional de Sercotec, Fernando Contreras, precisó que “este subsidio es de 4 a 5 millones de pesos y financia activos fijos, capital de trabajo, puede financiar también, gestión del negocio y lo que es más importante; el aporte (empresarial) es sólo de un 2 por ciento del subsidio que postulen”.

En este mismo sentido y junto con destacar los distintos focos de apoyo económico concursables, impulsados por el Ministerio de Economía, el Seremi de la cartera Carlos Lillo Álamos, señaló que en un principio ese apoyo fue orientado a la Reactivación de las pymes y hoy con el Programa Crece 2021 el foco está en la ayuda a quienes les ha ido bien, se han reinventado en Pandemia y se proyectan comercialmente para acceder a estos fondos. “Y es por eso que es complemento de las diferentes herramientas que hemos dispuesto como Gobierno. Hemos estado haciendo mucha difusión al Bono Alivio, al Bono Adicional Variable que también se encuentra en la página del Servicio de Impuestos Internos. Por eso estamos contentos de colocar esta herramienta a disposición para llegar a quienes realmente lo necesitan. Porque nuestra economía, más allá de los impactos de la Pandemia, es sana y con pequeños impulsos como estos se va reactivando”.

Al Programa Crece 2021, pueden postular empresas nuevas y antiguas. Las antiguas con inicio de actividades en primera categoría hasta el 30 de junio de 2019 y con aumento de ventas. Mientras que las nuevas deben tener inicio de actividades en primera categoría a partir del 1 de julio de 2019. Para estas últimas, basta que comprueben que desde que iniciaron actividades hayan facturado al menos 35 uf.

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