El pasado 19 de Abril, el Primer Juzgado de Letras de Ovalle dictaminó en favor de la mujer víctima por haber sufrido acoso laboral y de género mientras se desempeñaba desde el Cuerpo de Bomberos de Ovalle.
Una fuerte polémica se está viviendo al interior del Cuerpo de Bomberos de Ovalle, luego de que se emitiera un comunicado que anunció la suspensión del ahora, ex Superintendente Edgardo Díaz, principal autor de abusos que cometió en contra de una mujer que lo denunció por abusos de diversa índole, incluyendo sexual y de género, que sufrió durante su permanencia en la institución. Finalmente el 19 de Abril pasado, la justicia decidió a favor de la víctima, cuya resolución argumentó que “la institución vulneró los derechos fundamentales de la trabajadora, tras revisar todos los antecedentes del caso y declaraciones de testigos”.
Además, el dictamen condenó a la institución ovallina a pagarle la suma de $8 millones a la víctima, por concepto de daño moral, sumando también los saldos que le adeudaban a la joven respecto a remuneraciones y bonos desde el mes de marzo del año 2020 hasta la fecha que la sentencia sea ejecutada.
Desde el Cuerpo de Bomberos de Ovalle, a través de su Consejo Superior de Disciplina, emitieron un comunicado para explicar la salida de la ex autoridad. En la misiva, señalaron que “determinamos la suspensión por un año de toda actividad de la institución, a contar de esta fecha, con anotación en la hoja de vida de su superintendente, Edgardo Díaz. Estas medidas que tomamos como Consejo, se basan en las declaraciones de los involucrados, que ayudaron al esclarecimiento de los hechos. Los fallos del Primer Juzgado de Letras de Ovalle y la sentencia final y definitiva dictada por La Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, que ordena desembolsar a nuestra institución una gran cantidad de dinero por concepto de daño moral y lo que dictamina nuestro reglamento general del Cuerpo de Bomberos de Ovalle, es velar por el buen nombre y prestigio de la institución y lo señalado en el articulo trigésimo de nuestro estatuto, en el ejercicio de sus funciones los integrantes del Directorio General responderán solidariamente hasta la culpa leve por los perjuicios que causaren a la institución”.
Por otra parte la defensa de la víctima, Jennifer Mella, se mostró muy convencida sobre la determinación que tomaron desde el Cuerpo de Bomberos, aludiendo a que es lo que correspondía realizar, luego que la justicia lograse garantizar que esos hechos ocurrieron en contra de la joven. La abogada, puntualizó que “nosotras ganamos este caso en primera instancia y lo ratificó la Corte de Apelaciones, por lo tanto, al no haber recursos respecto a ella ya volvió al tribunal de primera instancia donde tiene que, al haber una sentencia condenatoria, pasar a cumplimiento. Ya se verificó que no habían proseguido recursos y lo que hace el tribunal hoy día es ordenar que se certifique que la sentencia está en calidad de ser cumplida y eso es lo único que falta, el estado de ejecutoriado que debería estar saliendo esta semana”.
La encargada de la defensa, agregó además que “todas esas son las condiciones que se deben cumplir en la sentencia condenatoria que se dictó. Si no lo hacen de manera voluntaria, a partir de la fecha de certificación de que ya se encuentra ejecutoriada, nosotras como parte denunciante, podemos empezar un procedimiento compulsivo, es decir pedirle al tribunal que cumpla forzadamente la sentencia, embargando si es que no pagan y también solicitando algunas medidas de apremio, por ejemplo, el arresto de quien dirija la institución en caso de ser el mismo superintendente”.
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