Consejo de Ministros deberá resolver: Corte Suprema rechazó recursos de casación en contra de Dominga

De todas maneras, el órgano judicial fue claro en señalar que la decisión de rechazar los recursos de casación, no pone el punto final sobre esta discusión de si se da luz verde o no al proyecto de Dominga, pues el fallo fue enfático en indicar que serán las autoridades administrativas ambientales, quienes deban realizar un procedimiento especial, con análisis técnico-científico, para definir si una posible instalación de Dominga pueda causar un impacto ambiental en el sector de Punta de Choros.

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por las organizaciones de pescadores artesanales y la ONG Oceana, que recordemos fueron en contra de la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental, que dio una primera luz verde a una eventual instalación del proyecto minero portuario Dominga, cuya inversión bordea los U$2.500 millones de dólares, al estimar que aún quedan instancias pendientes en la causa. En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus– estableció que, en esta etapa procesal, no proceden los recursos, al estar a la espera de la determinación que adopte el Consejo de Ministros, por lo que se encuentran a resguardo la presentación de argumentos y vías procesales de todos los intervinientes.

El fallo sostuvo que “este resolutivo, en cuanto acoge las pretensiones del reclamante Titular del proyecto, no anula únicamente la resolución del Consejo de Ministros, disponiendo una nueva votación de este sin nuevos antecedentes, sino que dispone que todo el procedimiento se retrotraiga a la etapa previa de evaluación que indica, esto es, la votación por parte de la COEVA, de la región de Coquimbo”.

Recordemos que el pasado 21 de Abril del año 2021, el Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió una reclamación de Andes Iron, estableciendo además que lo determinado por la Comisión de Evaluación Ambiental, Coeva, de Coquimbo, y el Comité de Ministros al rechazar la iniciativa era ilegal, ordenando repetir la votación. La comisión votó nuevamente, aprobando ahora la Resolución de Calificación Ambiental (RCA ) de Dominga, quedando así pendiente el nuevo pronunciamiento del Comité de Ministros (actual Consejo de Ministros que es presidido por la ministra de Medio Ambiente, María Rojas).

Mientras tanto, la última resolución de la Corte Suprema, agregó que: “Al así hacerlo, ha dejado a salvo tanto las pretensiones del Titular reclamante como las de los recurrentes de casación, para que, respecto de la decisión de la COEVA respectiva, interpongan las reclamaciones administrativas que estimen en derecho correspondan para ante el Consejo de Ministros, aportando los antecedentes que consideren relevantes para sustentarlas”.

Para la Sala Constitucional: “queda a salvo para todos los intervinientes en el proceso de evaluación ambiental su derecho a presentar ante las autoridades administrativas correspondientes sus pretensiones y observaciones, así como los antecedentes en que las fundamentan, incluyendo no solo a los recurrentes sino también a los observantes PAC que no habían presentado en la oportunidad anterior la reclamación ante el Consejo de Ministros que la ley les franquea y al propio Titular del proyecto”.

“En efecto, lo relevante es que sea que se obtenga una RCA favorable o desfavorable en la votación de la COEVA, surge el procedimiento de revisión por parte de la misma Administración, que puede ser activado tanto por el titular como por los observantes PAC que denuncian que sus observaciones no han sido debidamente atendidas (…) esta sede de revisión administrativa está a cargo del Comité de Ministros, órgano que tiene amplias facultades para evaluar los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación ambiental. En efecto, la reclamación ante el referido órgano administrativo ‘ha sido consagrada por el legislador con un amplio alcance y con una extensa competencia, que permite al Comité de Ministros (en lo que interesa al presente caso) revisar no solo la legalidad de la decisión impugnada por su intermedio sino que, además, examinar aspectos de mérito de la misma, pues de su redacción aparece que, a la vez que puede solicitar informes a terceros para ‘ilustrar adecuadamente la decisión’, también cuenta con atribuciones suficientes para negar lugar, rechazar o establecer condiciones o exigencias a un Estudio de Impacto Ambiental», indicó detalladamente la resolución de 45 páginas.

Un antecedentes adicional: El Presidente Boric rechazó la instalación de Dominga en su última gira por la región

En su gira que realizó el mandatario por la región de Coquimbo el pasado mes de abril, fue enfático en aclarar en una entrevista para el medio Radio Guayacán que “yo manifesté una posición clara, no corresponde hoy día profundizar en aquello porque eventualmente el proyecto puede llegar al Consejo de Ministros y ahí hay que ser cuidadoso para tomar la decisión que corresponda, pero nosotros queremos desarrollo sustentable y sostenible con el medioambiente”.

En cuanto a lo que ahora compete al Consejo de Ministros, la Corte Suprema también hizo hincapié en lo que respecta a las facultades que tiene el órgano que deberá ahora dirimir. El falló agregó que de acuerdo al artículo 20 de la Ley N° 19.300 «pueden revisar no solo formalmente la decisión reclamada sino que, además, puede hacerlo desde el punto de vista del mérito de los antecedentes, circunstancia que le habilita, a su vez, para aprobar un proyecto inicialmente rechazado, aplicándole, si lo estima necesario, condiciones o exigencias que, a su juicio, resulten idóneas o adecuadas para lograr los objetivos propios de la normativa de protección medioambiental, incluyendo entre ellas medidas de mitigación o compensación que tiendan a la consecución de ese fin y, especialmente, a la salvaguardia del medio ambiente y de la salud de la población que podrían ser afectadas por el respectivo proyecto”, en este caso frente a una eventual instalación del proyecto minero portuario.

De todas maneras, el órgano judicial fue claro en señalar que la decisión de rechazar los recursos de casación, no pone el punto final sobre esta discusión de si se da luz verde o no al proyecto de Dominga. Una polémica que está lejos de acabar luego que el propio alcalde de La Higuera, quien está a favor de la instalación de Dominga, que ahora podría pasar a manos de un consorcio chino, asegurara que existen compromisos que se deben cumplir. Por lo pronto, ahora la responsabilidad recaerá en lo que definan los Secretarios de Estado -Consejo de Ministros- frente a lo que decidan sobre este proyecto minero portuario que pretende producir anualmente 12 millones de toneladas de hierro y 150.000 toneladas de cobre.

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