Tras el ataque, la víctima resultó con contusiones en columna, pelvis, globo ocular, tejido orbital, hombro y brazo, además de graves consecuencias psicológicas.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a los carabineros Franco García Castillo y Juan Ernesto Avaria Olguín a dos penas de presidio efectivo de 3 años y un día, en calidad de autores de los delitos consumados de apremios ilegítimos y falsificación de instrumento público en noviembre de 2019.
En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado que aproximadamente a las 21 horas del 22 de noviembre de 2019, en las inmediaciones de la avenida Balmaceda con Francisco de Aguirre, en la comuna de La Serena, ambos ex uniformados de la Subcomisaría de Fuerzas Especiales, en el contexto de las manifestaciones por el estallido social, junto a otros tres funcionarios no identificados, detuvieron a un menor de 13 años de edad, a quien agredieron con golpes de luma en el rostro y cuerpo para luego trasladarlo en calidad de detenido a la Primera Comisaría de la comuna.
A consecuencia de los golpes, la víctima resultó con contusiones en columna, pelvis, globo ocular, tejido orbital, hombro y brazo, además de graves consecuencias psicológicas. Asimismo, al redactar el parte policial, ambos procesados informaron que la víctima había sido lesionada por otros manifestantes, lo que se comunicó al Juzgado de Familia de La Serena.
El tribunal condenó, además, a los uniformados al pago de las costas de la causa y les aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.
“Se acogerá en favor de los enjuiciados la circunstancia atenuante de tener una irreprochable conducta anterior (…) sin embargo, imposible resulta hacer concurrir en su favor la atenuante de haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos (…) desde la detención misma que hicieron de la víctima, falsedad que mantuvieron en la denuncia que se formuló por vulneración de derechos del menor a un tribunal de familia, enjuiciando la participación de un menor de trece años en las manifestaciones, y la siguieron manteniendo en sus declaraciones ante estrados, actitud esta que lejos está de pretender una colaboración sincera y sustancial al establecimiento de los hechos”, consignó el fallo.